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El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000309 resuelve establecer la obligatoriedad de emisión de comprobantes de retención y documentos complementarios a través de mensajes de datos, a los sujetos pasivos señalados en el artículo 1 de la Resolución No. NAC-DGERCGC13-00236 publicada en el Registro Oficial No. 956 de 17 de mayo de 2013 y sus reformas:
- Los sujetos pasivos sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito; instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos, excepto mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda; contribuyentes especiales; los exportadores; contribuyentes que posean autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, a través de sistemas computarizados (autoimpresores); contribuyentes que realicen ventas a través de internet, deberán emitir notas de crédito, notas de débito, guías de remisión y comprobantes de retención únicamente a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente, de acuerdo con el siguiente calendario:
- A partir del 01 de octubre de 2017: Notas de crédito y comprobantes de retención.
- A partir del 01 de enero de 2018: Notas de débito y guías de remisión.