En el Suplemento del Registro Oficial No. 47 del 31 de julio del 2017, mediante la resolución No. NAC-DGERCGC17-00000369 reforma el artículo 2 de la resolución No. NAC-DGERCGC14-00202 por el siguiente:
“Artículo 2. Plazos de Presentación.- El Anexo ICE deberá ser presentado a mes siguiente a través de la página web institucional www.sri.gob.ec. considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- La información correspondiente a las ventas de bienes y servicios gravados con ICE de los meses de agosto y septiembre del presente año, se presentarán en el mes de octubre de 2017, de conformidad con los plazos establecidos en el artículo 1 de la presente resolución.”